Sí, el juicio de concubinato promovido ante juzgado familiar posterior al fallecimiento de pensionado, es necesario para solicitar la pensión de viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el ISSSTE.
Para acreditar el concubinato, se debe patrocinar un procedimiento ante un Juez del Orden Familiar, mediante un proceso oral. El objetivo es demostrar que un hombre y una mujer vivieron juntos durante un tiempo sin estar casados, adquiriendo ambos derechos y obligaciones.
Cabe resaltar que este trámite se realiza post mortem o cuando una de las partes se niega a aceptar que existe dicha relación.
REQUISITOS PARA ACREDITAR CONCUBINATO
• Acta de nacimientos de los hijos en caso de existir.
• Acta de defunción del concubino (a).
• Comprobante de Domicilio donde se habitó con el concubino (a).
• Nombre de dos testigos con domicilio.
• Certificado de Inexistencia de Matrimonio expedido a nombre de ambos concubinos.
• Credencial para votar expedida a nombre de los concubinos.
Solicitar pensión por viudez
Para solicitar la pensión de viudez como concubina (o) ante el IMSS, se debe acreditar tanto la relación de concubinato, así como que el asegurado haya tenido al momento de su fallecimiento al menos 150 semanas de cotización.
Para solicitar la pensión de viudez ante IMSS o el ISSSTE, la concubina/o debe presentar los siguientes documentos:
- Juicio de concubinato promovido ante un juzgado familiar
- Identificación oficial vigente
- Acta de nacimiento de la concubina/o
- Clave Única de Registro de Población (CURP) de la concubina/o
- Acta de defunción del pensionado/a
- Identificación oficial del pensionado
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